lunes, 21 de noviembre de 2011

Si estás parado y sin prestación, ahora es el momento



  1. Qué son los fondos de pensiones.
  2. Cómo nos vendieron la moto.
  3. Cómo han venido funcionando en realidad. Datos concretos de mi caso.
  4. Hay que tener un ojo encima del plan, todo el rato.
  5. Por qué es una buena idea rescatar tu plan.
  6. Lo que dice la ley al respecto.
  7. Cómo rescaté mi plan de pensiones.


Qué son los fondos de pensiones

En los años 90 se introdujeron en España, como instrumento de ahorro con beneficios fiscales de cara a la jubilación, los Planes de Pensiones. Toda la palabrería técnica de lo que deberían ser estos planes la podeis encontrar en la red, por ejemplo en la wikipedia hay una descripción bastante correcta de lo que son.



Cómo nos vendieron la moto

Cuando los bancos empezaron a captar fondos para estos productos, intentaron vender el concepto de aportación mensual que al crecer en un porcentaje notable se convertía en una fortuna cuando el depositante se jubilaba.
Por casualidad he encontrado unos bonitos papeles en los que el Banco Atlántico prometía el oro y el moro en 1998. No dejeis de echarles un vistazo. La rentabilidad media teórica con la que trabajaban a un plazo de 26 años era del 8%, sin rubor alguno.
Todo lo que los currantes dejaban en manos del banco, en el fondo de pensiones, no tributaba como ingresos del año, por lo que en determinados años, sobre todo para los profesionales liberales, tenía beneficios fiscales.



Cómo han venido funcionando en realidad. Datos concretos de mi caso.

En la práctica, y con el paso del tiempo, se ha demostrado que los fondos de pensiones son una bolsa de dinero que atrae la codicia de banqueros y especuladores de una manera exagerada. En estos momentos son una de las últimas 'bolsas de riqueza' que les queda por expoliar y los están vaciando de manera progresiva y sistemática.
En mi caso he podido ver como los 'productos' en los que se hallaba 'colocada' mi inversión iban perdiendo valor de manera progresiva. Mi plan de pensiones estuvo dos años en La Caixa, en donde 'nació' en las navidades de 1994, rentando un 7,2% el 1995 y un espectacular 17,8% el 1996. En 1997 lo traspasé al Banco de Santander, en el que en un año se revalorizó un 6,7%, y en 2004 lo traspasé a Caja Madrid, ahora Bankia.
Desde el valor máximo alcanzado en 2000, tras un par más de aportaciones he tenido que proteger con uñas y dientes mi inversión, que en estos 11 últimos años se ha visto erosionada en un 38%.



Hay que tener un ojo encima del plan, todo el rato.

Ojito con los planes de pensiones asegurados, aquellos en que el banco ofrece un posible beneficio, y para darte confianza te lo respalda con un seguro que por lo menos evita que tu dinero pierda valor. Contratar uno de esos es apostar a que con la casi total seguridad el banco no te pagará un céntimo de intereses en todo el tiempo de vigencia del 'producto'.

Hay que vigilar el valor consolidado del plan continuamente y a su vencimiento, analizar con lupa en qué 'producto' te colocan el dinero. Y no me refiero a aspectos éticos, porque saber qué hacen con tu dinero es imposible, me refiero exclusivamente a que no te vaya desapareciendo el dinero del plan.

Cuando concluyó la vida del plan asegurado que tenía, había perdido unos 16 euros. Mientras esperaba a que el director de mi oficina me recomendara un producto, Bankia metió mi fondo en otro producto, y me reembolsó el dinero 'perdido'. He tardado mas de 5 meses en conseguir que el director de la sucursal me explique en qué tipo de producto se encuentra ahora, y en este plazo mi plan ha perdido el 1% de su valor CADA MES.



Por qué es una buena idea rescatar tu plan.
Cancelando un plan de pensiones haces varias cosas al mismo tiempo:
  • Salvas tu dinero de las garras de los banqueros.
  • Mandas una señal clara a la banca de que con los ahorros de los pequeños no se juega.
  • Evitas que tu dinero se invierta en armas, especulación y destrucción del territorio.
  • Previenes que el poder político y el económico puedan en el futuro sucumbir a la tentación de cambiar las reglas de juego de los Planes de Pensiones en favor de los poderosos.
  • Seguro que se te ocurren unas cuantas razones más...


Lo que dice la ley al respecto
El Real Decreto 1299/2009 de 31 de Julio, publicado en el BOE 185 de 1 de Agosto define en qué casos se puede recuperar -antes de la jubilación- un plan de pensiones. Aquí podeis descargar el pdf de la norma, pero lo más relevante es:

a) Hallarse en situación legal de desempleo.
Se consideran situaciones legales de desempleo los supuestos de extinción de la relación laboral o administrativa y suspensión del contrato de trabajo contemplados como tales situaciones legales de desempleo en el artículo 208.1.1 y 2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y normas complementarias y de desarrollo.
b) No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones.
c) Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.
d) En el caso de los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad, también podrán hacerse efectivos los derechos consolidados si concurren los requisitos establecidos en los párrafos b) y c) anteriores.»


Cómo rescaté mi plan de pensiones.
Como autónomo me he visto en la situación de tener que cerrar mi empresa, no por mala gestión ni por problemas crediticios afortunadamente, sino por la falta de pago de la administración.
Al haber cerrado la empresa y haberme dado de baja de autónomo, en mi caso sólo tuve que presentar la siguiente documentación:
  • Copia del DNI
  • Copia de la 'Vida laboral'
  • Copia de certificado de estar de alta como peticionario de empleo
  • Copia de un certificado de no estar percibiendo ninguna prestación económica por desempleo
  • Copia de la baja del IAE y cese de autónomo.
  • Modelo 145 de la AEAT para determinar cual es la retención que iban a hacerme al la hora del reembolso.

Hoy me han notificado que me ingresaban el total menos la correspondiente retención. Este año deberé tributar a hacienda sobre este importe.